miércoles, 11 de noviembre de 2015

Rupdae: Quienes Realicen Cualquier Actividad Económica en el País DEBEN REGISTRARSE

Superintedencia de Precios Justos inicia el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas

 SITIO DE REGISTRO

PLAZO: 180 DIAS 

 NO ESTAR INSCRITO SUPONE UNA MULTA DE :
200 a 5000 Unidades Tributarias (UT)

Andreína Tarazón anunció la creación del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), el cual será de carácter público y accesible a todos los particulares.

La Superintendente, quien se encontraba en compañía del Ministro del Poder Popular para el Comercio, Dante Rivas, explicó que la inscripción en el mismo será indispensable para todas aquellas personas naturales o jurídicas que desarrollen actividad económica en el país (+PAGINAS WEB, +SITIOS DE COMPRAS/ SERVICIOS).




“A partir de este mes (NOVIEMBRE) Ver GACETA OFICIAL entra en funcionamiento el Rupdae es un requisito indispensable para todas las empresas que importen, distribuyan o comercialicen bienes y servicios en el país”, dijo Tarazón, al tiempo que aseguró que según lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Precios Justos, todos los sujetos de aplicación de esta Ley deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el Rupdae.

La Superintenenta destacó que uno de los elementos fundamentales de este registro es ir avanzando hacia un sistema que permita supervisar las estructuras de costos de las empresas. De igual forma, sostuvo que una vez entre en vigencia el Rupdae las personas naturales o jurídicas tienen 180 días para formalizar su inscripción.

Este sentido, destacó que quienes realicen cualquier actividad económica en el país y no formalicen su inscripción en el Rupdae podrían ser multados con 200 a 5000 Unidades Tributarias (UT), según lo estipulado en artículo 49 del nuevo instrumento legal. 

“Este registro ha surgido y ha nacido alimentado de otros registros importantes del estado venezolano como el del Seniat, el Saime”, dijo Tarazón.


- Desestabilización a la economía: cuando se trate de boicot, contrabando de extracción, usura y especulación la pena será máxima además de incluir confiscación de bienes.

- Reventa de Productos: la reventa de productos de la cesta básica o productos de bienes del Estado a precios superiores por los establecido de la Ley recurrirá en privativa de libertad de 3 a cincos años de prisión y multa entre 200 a 10 mil UT.

- Contrabando de extracción: quien por actos u omisiones desvíe productos del destino original tendrá una privativa de libertad de entre 14 y 18 años, misma sanción para quienes desvíen productos hacia fuera del país.

- Usura: serán privados de libertad de entre 5 y ochos años de prisión aquellas personas que por un acuerdo o convenio disminuyan la producción y que implique para sí o un tercero una ventaja desproporcionada.

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