Superintedencia de Precios Justos inicia el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas
SITIO DE REGISTRO
PLAZO: 180 DIAS
NO ESTAR INSCRITO SUPONE UNA MULTA DE :
200 a 5000 Unidades Tributarias
(UT)
Andreína Tarazón anunció la creación del Registro Único de Personas que
Desarrollan Actividades Económicas (Rupdae), el cual será de carácter
público y accesible a todos los particulares.
La Superintendente, quien se encontraba en
compañía del Ministro del Poder Popular para el Comercio, Dante Rivas,
explicó que la inscripción en el mismo será indispensable para todas
aquellas personas naturales o jurídicas que desarrollen actividad
económica en el país (+PAGINAS WEB, +SITIOS DE COMPRAS/ SERVICIOS).
“A partir de este mes (NOVIEMBRE) Ver GACETA OFICIAL entra en funcionamiento el Rupdae
es un requisito indispensable para todas las empresas que importen,
distribuyan o comercialicen bienes y servicios en el país”, dijo
Tarazón, al tiempo que aseguró que según lo establecido en el artículo
22 de la Ley Orgánica de Precios Justos, todos los sujetos de aplicación
de esta Ley deberán inscribirse y mantener sus datos actualizados en el
Rupdae.
La Superintenenta destacó que uno de los elementos
fundamentales de este registro es ir avanzando hacia un sistema que
permita supervisar las estructuras de costos de las empresas. De igual
forma, sostuvo que una vez entre en vigencia el Rupdae las personas
naturales o jurídicas tienen 180 días para formalizar su inscripción.
Este sentido, destacó que quienes realicen
cualquier actividad económica en el país y no formalicen su inscripción
en el Rupdae podrían ser multados con 200 a 5000 Unidades Tributarias
(UT), según lo estipulado en artículo 49 del nuevo instrumento legal.
“Este registro ha surgido y ha nacido alimentado de otros registros importantes del estado venezolano como el del Seniat, el Saime”, dijo Tarazón.
“Este registro ha surgido y ha nacido alimentado de otros registros importantes del estado venezolano como el del Seniat, el Saime”, dijo Tarazón.
- Desestabilización a la economía:
cuando se trate de boicot, contrabando de extracción, usura y
especulación la pena será máxima además de incluir confiscación de
bienes.
- Reventa de Productos: la reventa de
productos de la cesta básica o productos de bienes del Estado a precios
superiores por los establecido de la Ley recurrirá en privativa de
libertad de 3 a cincos años de prisión y multa entre 200 a 10 mil UT.
- Contrabando de extracción: quien por
actos u omisiones desvíe productos del destino original tendrá una
privativa de libertad de entre 14 y 18 años, misma sanción para quienes
desvíen productos hacia fuera del país.
- Usura: serán privados de libertad de
entre 5 y ochos años de prisión aquellas personas que por un acuerdo o
convenio disminuyan la producción y que implique para sí o un tercero
una ventaja desproporcionada.
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